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Calendario oficial DIAN

¿Cuándo debo declarar renta en 2026?

Tu fecha límite depende de los dos últimos dígitos de tu cédula o NIT. Los plazos para personas naturales van del 12 de agosto de 2026 al 26 de octubre de 2026.

Calendario tributario DIAN

Busca tu fecha límite

Escribe los dos últimos dígitos de tu documento y te mostramos el día exacto, cuántos días te quedan y podrás añadir el recordatorio a tu calendario.

Ejemplo: si tu cédula es 1.023.456.789, escribe 89. No uses el dígito de verificación del NIT.

Se busca automáticamente al escribir los dos dígitos.

Calendario completo · Personas naturales 2026

Plazos para declarar y pagar el impuesto de renta del año gravable 2025, del 12 de agosto de 2026 al 26 de octubre de 2026.

Agosto 2026

Plazos de Agosto 2026
Dígitos Fecha límite
01-02 12 de agosto
03-04 13 de agosto
05-06 14 de agosto
07-08 18 de agosto
09-10 19 de agosto
11-12 20 de agosto
13-14 21 de agosto
15-16 24 de agosto
17-18 25 de agosto
19-20 26 de agosto
21-22 27 de agosto
23-24 28 de agosto
25-26 31 de agosto

Septiembre 2026

Plazos de Septiembre 2026
Dígitos Fecha límite
27-28 1 de septiembre
29-30 2 de septiembre
31-32 3 de septiembre
33-34 4 de septiembre
35-36 7 de septiembre
37-38 8 de septiembre
39-40 9 de septiembre
41-42 10 de septiembre
43-44 11 de septiembre
45-46 14 de septiembre
47-48 15 de septiembre
49-50 16 de septiembre
51-52 17 de septiembre
53-54 18 de septiembre
55-56 21 de septiembre
57-58 22 de septiembre
59-60 23 de septiembre
61-62 24 de septiembre
63-64 25 de septiembre
65-66 28 de septiembre

Octubre 2026

Plazos de Octubre 2026
Dígitos Fecha límite
67-68 1 de octubre
69-70 2 de octubre
71-72 5 de octubre
73-74 6 de octubre
75-76 7 de octubre
77-78 8 de octubre
79-80 9 de octubre
81-82 13 de octubre
83-84 14 de octubre
85-86 15 de octubre
87-88 16 de octubre
89-90 19 de octubre
91-92 20 de octubre
93-94 21 de octubre
95-96 22 de octubre
97-98 23 de octubre
99-00 26 de octubre

Fechas según el decreto de plazos de la DIAN. Sujetas a cambios normativos: confirma siempre en dian.gov.co antes de presentar.

Cómo leer el calendario

Usa los dos últimos dígitos de tu NIT

Para personas naturales, el NIT del RUT normalmente es tu número de cédula. No incluyas el dígito de verificación (el número que va después del guion).

Un mismo día para declarar y pagar

La fecha que te aparece es el último día tanto para presentar la declaración como para pagar el impuesto a cargo, si lo hay.

No esperes al último día

El portal de la DIAN se congestiona en las fechas de vencimiento y conseguir certificados bancarios y laborales toma varios días hábiles.

Un día tarde ya genera sanción

La sanción por extemporaneidad se liquida por mes o fracción de mes: presentar un solo día después del vencimiento ya causa el 5% del impuesto a cargo.

Preguntas sobre los plazos

¿Qué pasa si mi fecha límite cae en un día no hábil?

La DIAN solo fija fechas en días hábiles. Si un plazo coincidiera con un festivo o fin de semana, el vencimiento se traslada al siguiente día hábil según lo disponga el decreto de plazos.

¿Puedo declarar antes de mi fecha límite?

Sí, y es lo recomendable. Puedes presentar tu declaración desde que se habilita el formulario. Declarar temprano te permite organizar el pago con calma, solicitar antes tu saldo a favor y evitar la congestión del portal de la DIAN en los últimos días.

¿La fecha se toma del NIT o de la cédula?

Se toman los dos últimos dígitos del NIT que figura en tu RUT, sin incluir el dígito de verificación. Para la mayoría de personas naturales el NIT coincide con el número de cédula.

¿La declaración y el pago vencen el mismo día?

Sí. Para personas naturales, el mismo día es el plazo máximo para presentar la declaración y para pagar el impuesto que resulte a cargo. Si presentas y no pagas, se generan intereses de mora desde el día siguiente.

Consejo: reúne tus documentos con al menos un mes de anticipación. Los certificados de bancos y empleadores no siempre salen el mismo día, y ese retraso es la causa número uno de declaraciones presentadas fuera de plazo.

Ya sabes tu fecha. Nosotros nos encargamos del resto.

Agenda tu declaración con anticipación y olvídate del tema. Revisamos tu caso, elaboramos tu declaración y la presentamos ante la DIAN antes de tu vencimiento.

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